Washington, DC—The Inter-American Commission on Human Rights (IACHR) remains very concerned about the impact on human rights of the excessive, unwarranted extension of the state of emergency regime in El Salvador. The IACHR once again calls on the State to stop its continued use of this mechanism as a component of its security policy to fight organized crime and ordinary crime.
The state of emergency has been uninterruptedly in place since it was originally declared on March 27, 2022. It has been extended 49 times in succession, most recently on March 26, 2026. This regime suspends the rights to a legal defense and to the inviolability of communications, and also extends administrative detention timelines. According to the latest extension decree, the state of emergency was renewed because “there are still terrorist groups” who, “if their actions are not fully eradicated, would enable a rollback on the achievements that have been made.”
According to official data, more than 91,500 individuals have been arrested since the state of emergency first went into force. Civil society organizations estimate that El Salvador’s prison population currently stands at more than 130,000. Further, at least 500 individuals reportedly died in State custody between the start of the state of emergency and March 10, 2026.
In its report State of emergency and human rights in El Salvador, published in 2024, the IACHR addressed the impact of this regime on human rights. In particular, the report addressed allegations of a systematic and widespread use of unlawful and arbitrary detention; torture; deaths of individuals in State custody and inhuman conditions of detention; and violations of judicial guarantees, judicial protection, and due process.
The IACHR found that crime rate improvements in the country suggest that the objective data that initially led to the adoption of the state of emergency have since been overcome. In this context, the State should strictly assess whether the decision to extend these exceptional measures is compatible with the American Convention on Human Rights, and in particular with the principles of legality, necessity, proportionality, and temporality, as noted in the IACHR’s recent Resolution 1/2026, Organized Crime and Human Rights in the Americas.
In a public hearing held during the IACHR’s 195th Period of Sessions, civil society organizations stressed their concern about a persecution pattern using criminal law and measures within the state of emergency against human rights defenders and government critics. The IACHR noted the data presented at the hearing to argue that the serious human rights violations documented in the context of El Salvador’s security policy might amount to crimes against humanity.
The Salvadoran State denied the existence of any policies or practices that perpetrate, tolerate, or encourage serious human rights violations—including any State-sponsored ill-treatment policies—and also denied any policies to persecute government critics. The State of El Salvador stressed that the state of emergency has contributed to reducing violence and regaining control of territories that had for decades been in the hands of criminal organizations. This has enabled a transformation, from very high crime rates to the lowest homicide rates in the Americas, with further reductions in high-impact crimes including extortion and forced recruitment, the State said.
The IACHR noted that the State must at all times ensure due process and the judicial guarantees that are essential to protect the rights to life and personal integrity. Further, the State has an obligation to investigate serious human rights violations and to prosecute and punish their perpetrators.
On March 26, 2026, the Legislative Assembly ratified a constitutional reform that enabled the use of life imprisonment for crimes involving homicide, rape, or terrorist activity, as well as a suite of criminal law, criminal procedural law, and juvenile justice reforms. The IACHR warns that, if these measures are implemented in a context marked by a suspension of the right to a legal defense, due process could be seriously compromised through the imposition of extremely severe penalties. The IACHR further notes that sentencing children and adolescents to life in prison is incompatible with inter-American jurisprudence and is a disproportionate penalty, given that social reintegration should be the ultimate goal of penalties.
Finally, the IACHR values the State of El Salvador’s willingness to engage in sincere, constructive dialogue regarding concerns about the situation of human rights in the country, as evidenced by the State’s recent participation in public hearings during the IACHR’s 195th Period of Sessions and by the written observations the State submitted in response to the content of this press release. In particular, the IACHR notes the State’s commitment to continuing to exchange views and strengthen technical cooperation with the IACHR regarding human rights. The IACHR is available to cooperate with the State, in the context of its role and mandate, and to contribute any technical assistance that may be required.
The IACHR is an autonomous body of the Organization of American States (OAS) whose mandate is based on the OAS Charter and the American Convention on Human Rights. Its mission is to promote and defend human rights throughout the Americas and to serve as an advisory body to the OAS in this area. The IACHR consists of seven independent members elected by the OAS General Assembly who serve in a personal capacity and do not represent their countries of origin or residence.
CIDH continúa monitoreando los efectos del régimen de excepción sobre los derechos humanos en El Salvador
Washington DC—La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) mantiene serias preocupaciones por los impactos en los derechos humanos derivados de la prolongación excesiva e indebida del régimen de excepción en El Salvador, y reitera al Estado su llamado a poner fin al uso continuado de esta medida como parte de su política de seguridad para combatir la criminalidad organizada y la delincuencia común.
La medida cumple cuatro años de vigencia ininterrumpida desde su declaración inicial el 27 de marzo de 2022, mediante 49 prórrogas consecutivas; la más reciente, de fecha 26 de marzo de 2026. Con ello, se mantiene la suspensión de los derechos a la defensa y la inviolabilidad de las comunicaciones, así como la ampliación del plazo de detención administrativa. Según el último decreto oficial de extensión, la renovación se motivó en “la aún existencia de grupos terroristas” que “de no erradicarse por completo su accionar permitiría un retroceso a los logros obtenidos”.
De acuerdo con información oficial, desde el inicio del régimen de excepción han sido detenidas más de 91,500 personas. A partir de ello, organizaciones de la sociedad civil estiman que la población penitenciaria en el país superaría actualmente las 130 mil personas privadas de libertad. Asimismo, se habrían registrado al menos 500 muertes bajo custodia estatal entre el inicio del régimen de excepción y el 10 de marzo de 2026.
En su informe Estado de excepción y derechos humanos en El Salvador publicado en 2024, la CIDH planteó los impactos de esta medida en la vigencia de los derechos humanos. En particular, en relación con las denuncias de detenciones ilegales y arbitrarias sistemáticas y generalizadas; así como de actos de tortura, muertes bajo custodia y condiciones inhumanas de detención, afectaciones a las garantías judiciales, la protección judicial y el debido proceso.
Asimismo, la Comisión consideró que la mejora de los índices de seguridad en el país indicaría que no persisten las razones objetivas iniciales que justificaron la emergencia. En este contexto, el Estado debe evaluar rigurosamente si la decisión de mantener esta medida excepcional resulta compatible con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, de conformidad con los principios de temporalidad, necesidad, idoneidad y proporcionalidad, en línea con lo señalado en su reciente Resolución 1/2026 sobre Crimen Organizado y Derechos Humanos en las Américas.
En audiencia pública realizada en su 195 periodo de sesiones, organizaciones de la sociedad civil reiteraron su preocupación por la existencia de un patrón de persecución penal y el uso de medidas propias del régimen de excepción contra personas defensoras de derechos humanos y voces críticas. Además, la CIDH tomó nota de la información presentada según la cual el modus operandi de las graves violaciones de derechos humanos documentadas en el marco de la política de seguridad podría evidenciar la posible configuración de crímenes de lesa humanidad.
Por su parte, el Estado salvadoreño rechazó la existencia de una política o práctica orientada a la comisión, tolerancia o promoción de graves violaciones de derechos humanos, incluida cualquier política de maltrato estatal, y negó la existencia de una política de persecución de voces críticas. Asimismo, reiteró que el régimen de excepción ha contribuido a la reducción de la violencia y a la recuperación del control territorial que durante décadas estuvo en manos de grupos criminales, permitiendo pasar de altos niveles de inseguridad a los índices de homicidios más bajos del continente y reducir otros delitos de alto impacto como la extorsión y el reclutamiento forzado.
La CIDH enfatiza que el Estado debe asegurar, en todo momento y conforme al debido proceso, las garantías judiciales indispensables para la protección de los derechos a la vida y a la integridad personal. Además, mantiene su deber de investigar, juzgar y sancionar las denuncias de graves violaciones de derechos humanos.
Por otra parte, el 26 de marzo de 2026, la Asamblea Legislativa ratificó una reforma constitucional que permite la imposición de la cadena perpetua para delitos de homicidio, violación y terrorismo, junto con un paquete de reformas en materia penal, procesal penal y de justicia juvenil para su implementación. La Comisión advierte que su aplicación, en un contexto de suspensión del derecho a la defensa, podría comprometer seriamente el debido proceso frente a la imposición de penas de máxima gravedad. Asimismo, recuerda que la imposición de prisión perpetua a niñas, niños y adolescentes es incompatible con la jurisprudencia interamericana, por resultar desproporcionada frente a la finalidad de resocialización de la pena.
Finalmente, la Comisión Interamericana valora la disposición del Estado salvadoreño de sostener un diálogo franco y constructivo sobre las preocupaciones planteadas respecto de la situación de derechos humanos en el país, lo que se reflejó en su reciente participación en las audiencias públicas de su 195 periodo de sesiones y sus observaciones por escrito a este comunicado. En especial, reconoce el compromiso estatal de dar continuidad a estos intercambios y de fortalecer los lazos de cooperación técnica en materia de derechos humanos. Para tal efecto, la CIDH se pone a disposición del Estado para colaborar, en el marco de sus funciones y su mandato, y ofrecer la asistencia técnica necesaria.
La Comisión es un órgano principal y autónomo de la OEA, cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La Comisión está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan a sus países de origen o residencia.
