A new Public-Private Partnerships Law introduced by the government in the Legislative Assembly will open the door for private companies to provide health, education, and water resource services, sectors that currently cannot be handed over under this type of agreement.
The bill was introduced yesterday and sent to the Technology, Tourism, and Investment Committee for a preliminary report. If approved, it will replace the current Special Law on Public-Private Partnerships.
Alliances or partnerships between the state and the private sector allow long-term contracts to be established between a public entity and a private company to design, finance, build, operate, or maintain public infrastructure and services.
Under these agreements, the private sector assumes the investment cost and risk, while the state maintains oversight, as well as ownership of the goods and services.
Both the new and current laws establish that services provided by the private company may be financed through fees or rates charged directly to users, or they may be co-financed by the state, either through firm (mandatory) or contingent (conditional) payments, or a combination of both.
The current law prohibits the state from handing over public health services—including the Salvadoran Social Security Institute—and education services under this model, as well as the services of the University of El Salvador. It also excludes matters related to water resources, except for the design, construction, repair, improvement, equipping, operation, and maintenance of wastewater treatment infrastructure in the San Salvador Metropolitan Area, San Miguel, and Santa Ana.
Under the proposed law, the only excluded services will be matters related to national security and state intelligence, public security and justice services, and contracts or acts governed by special laws, such as concessions for hydrocarbon and mineral exploitation.
In addition, the new law will increase the maximum contract execution period from the current 40 years to 50 years, including extensions.
Another key change is the creation of the National Directorate of Public-Private Partnerships (DAPP) as an independent technical unit within the Ministry of Finance.
This directorate will centralize the functions of formulating, reviewing, structuring, and approving public-private partnership projects. Previously, these responsibilities were split between two institutions. On one hand, the Board of Directors of PROESA (the Export and Investment Promotion Agency of El Salvador, now called Invest El Salvador) is responsible for approving projects and bidding terms. Meanwhile, the OFAPP (Public-Private Partnership Oversight Agency) handles technical oversight.
Furthermore, the bill introduces a phase in the process of establishing a public-private partnership that does not exist in the current regulations. Called “Market Consultations,” it will take place before drafting the bidding terms. Through this procedure, the contracting entity may conduct general public consultations with companies to assess market conditions and, using that information, better prepare the contractual documents.
Gobierno busca ceder a empresas privadas servicios de salud, educación y agua con nueva Ley de Alianzas Público Privadas
Claudia Palacios
Una nueva Ley de Alianzas Público Privadas presentada por el Gobierno en la Asamblea Legislativa abrirá la puerta para que empresas privadas puedan prestar servicios de salud, educación y recursos hídricos, sectores que actualmente no pueden cederse bajo este tipo de convenios.
La iniciativa se presentó ayer y fue enviada a la Comisión de Tecnología Turismo e Inversión para su dictamen preliminar. De ser aprobada, sustituirá a la Ley Especial de Asocios Público Privados vigente.
Las alianzas o asocios entre el Estado y el sector privado permiten establecer contratos de largo plazo entre una entidad pública y una empresa privada para diseñar, financiar, construir, operar o mantener infraestructuras y servicios públicos.
En estos convenios, el sector privado asume el costo de la inversión y el riesgo de la misma, mientras que el Estado mantiene la supervisión, además de la propiedad de los bienes y servicios.
Tanto en la nueva ley como en la actual se establece que los servicios prestados por la empresa privada podrán financiarse mediante el cobro de tarifas o valores cobrados directamente a los usuarios, o pueden ser cofinanciados por el Estado, ya sea mediante pagos firmes (obligatorios) o contingentes (eventuales), o una combinación de ambos.
La ley vigente impide al Estado ceder bajo la modalidad anterior los servicios públicos de salud -incluyendo el Instituto Salvadoreño del Seguro Social- y de educación, así como a los servicios de la Universidad de El Salvador. Así mismo excluye los aspectos relacionados a recursos hídricos, excepto el diseño, construcción, reparación, mejoramiento, equipamiento, operación y mantenimiento de la infraestructura para el tratamiento de aguas residuales en el Área Metropolitana de San Salvador, San Miguel y Santa Ana.
Con la ley propuesta, los únicos servicios excluidos serán los asuntos relativos a la seguridad nacional y a la inteligencia del Estado, los servicios de seguridad pública y justicia, y los contratos o actos que se rijan por leyes especiales, como concesiones para la explotación de hidrocarburos y minerales.
Además, la nueva ley incrementará el plazo máximo de ejecución de los contratos de 40 años -permitidos actualmente- hasta los 50 años, incluyendo prórrogas.
Otro de los principales cambios es la creación de la Dirección Nacional de Alianzas Público Privadas (DAPP) como una unidad técnica e independiente dentro del Ministerio de Hacienda.
Esta dirección centralizará las funciones de formulación, revisión, estructuración y aprobación de los proyectos de alianzas público privadas. Anteriormente, la responsabilidad de estos roles se dividía entre dos instituciones. Por un lado, el Consejo Directivo de PROESA (Organismo Promotor de Exportaciones e Inversiones de El Salvador, ahora denominado Invest El Salvador), que es el encargado de aprobar proyectos y bases. En tanto el OFAPP (Organismo Fiscalizador de Asocios Público Privados) se encarga de la fiscalización técnica.
Además, la iniciativa de ley introduce una fase al proceso de establecimiento de la alianza público privada que es inexistente en la normativa actual. Esta se denomina “Consultas al Mercado” y se realizarpa antes de elaborar las bases de licitación. Mediante el procedimiento, la entidad contratante podrá realizar consultas públicas de carácter general a la empresas para conocer el estado del mercado y, con esa información, preparar mejor los documentos contractuales.
