With 57 votes from Nuevas Ideas, PDC, and PCN, the Legislative Assembly passed the new “Special Law for the Prevention, Control, and Punishment of Money Laundering, Terrorist Financing, and the Financing of the Proliferation of Weapons of Mass Destruction,” which will replace the current Anti-Money and Asset Laundering Law, enacted in 1998.
The new law cuts the number of entity types required to report “suspicious” financial transactions or dealings from 20 to 10. These entities are also required to appoint and train a compliance officer.
Not included are importers or exporters of agricultural inputs and vehicles; travel agencies; construction companies; private security firms; hotel companies; domestic and foreign investors; pharmaceutical distributors, pharmaceutical laboratories, and pharmacies; business associations and trade groups; and business corporations.
Non-governmental organizations (NGOs) are excluded, but with exceptions. “Non-Profit Organizations that face a higher level of exposure to the risk of money laundering, terrorism financing, and financing of the proliferation of weapons of mass destruction shall be subject to due diligence measures, reports of suspicious operations, attempted suspicious operations, and suspicious activities, in accordance with the risk assessments conducted for this purpose,” states the final paragraph of Article 7.
Caleb Navarro, a lawmaker from Nuevas Ideas, mentioned that Attorney General Rodolfo Delgado explained to the Comisión de Seguridad (Security Committee) that the law needed to be updated to align with international standards and that the 1998 statute is obsolete and “undermines financial inclusion.”
Navarro asserted that the original law included reporting entities “that were important to the economy at the time or could be used for money laundering,” such as travel agencies, but claimed that “few” of these businesses exist today.
He also noted that the law required pharmacies to have a compliance officer.
“Now the law zeroes in precisely on the entities that truly matter to the State,” he declared.
The obligated parties under the new law include institutions whose primary regulator is the Superintendencia del Sistema Financiero (Superintendency of the Financial System, SSF); those engaged in financial or lending activities; casinos and gambling businesses; those engaged in real estate brokerage; and dealers in precious metals and stones.
Also obligated are attorneys, notaries, accountants, and auditors who perform these activities: purchase and sale of real property; management of clients’ money, securities, or other assets; management of bank, savings, or securities accounts; organization of contributions for the creation, operation, or administration of companies; the creation, operation, or administration of legal persons or other legal structures; and purchase and sale of business entities.
Also included are those engaged in the transportation of cash or securities, providers of digital asset and Bitcoin services, and political parties.
Obligation to Provide Services
For her part, Cesia Rivas, a substitute lawmaker for Vamos, emphasized that the law compels financial institutions to provide products and services to individuals even if they have a history of money laundering.
The provision states that “it shall not constitute grounds for exclusion from access to financial products or services to a natural or legal person by the mere fact that, during the application of due-diligence measures, press reports, references, inclusion in the obligated party’s internal lists, allegations, or records related to money laundering, terrorist financing, and financing of the proliferation of weapons of mass destruction or their predicate offenses are identified; rather, decisions by obligated parties must be based on an individualized and objective risk assessment.”
“The ambiguity simply breeds discretion for those enforcing the law; it is unacceptable that the same law declares that someone with money laundering records cannot be excluded,” she rebuked.
Lawmaker Navarro sought to justify the text by explaining that it means banks must not base exclusions on “journalistic notes” or “rumor-mongering,” nor rely on “blacklists” managed by compliance officers.
Lawmaker Rivas insisted that the wording refers to records related to money laundering and that its ambiguity is what sparks conflicts.
Meanwhile, lawmaker Alexia Rivas of Nuevas Ideas argued that the previous law harmed small business owners by preventing them from accessing the financial system.
She also mentioned that individuals entering the country carrying less than $15,000 will not have to declare it upon entry at customs. The current declaration threshold is $10,000 or more.
The Unidad de Investigación Financiera (Financial Investigation Unit, UIF) of the Fiscalía General de la República (Attorney General’s Office, FGR) is the sole national center for receiving and analyzing reports of suspicious transactions, attempted transactions, and suspicious activities.
Inversionistas excluidos de nueva ley contra lavado de activos
Con 57 votos de Nuevas Ideas, PDC y PCN, la Asamblea Legislativa aprobó la nueva «Ley Especial para la Prevención, Control y Sanción del Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva», que sustituirá a la actual Ley contra el Lavado de Dinero y Activos aprobada en 1998.
La nueva ley reduce de 20 a 10 los tipos de entes obligados a reportar las diligencias u operaciones financieras «sospechosas», así como nombrar y capacitar a un oficial de cumplimiento.
No se incluyeron a los importadores o exportadores de insumos agrícolas y vehículos, las agencias de viajes, empresas constructoras, empresas privadas de seguridad, empresas hoteleras, inversionistas nacionales y extranjeros; droguerías, laboratorios farmacéuticos y farmacias; asociaciones y gremios empresariales, sociedades mercantiles.
Se excluyen las organizaciones no gubernamentales (ONG), pero con excepciones. «Se considerarán sujetos de aplicación de medidas de debida diligencia, reportes de operaciones sospechosas, tentativa de operaciones sospechosas, de actividades sospechosas aquellas Organizaciones sin Fines de Lucro que se encuentren en un mayor nivel de exposición al riesgo de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva, de conformidad a las evaluaciones de riesgo que al efecto se realicen», dice el inciso final del artículo 7.
Caleb Navarro, de Nuevas Ideas, mencionó que el fiscal general, Rodolfo Delgado, expuso en la Comisión de Seguridad que la ley se debía actualizar a las normativas internacionales y que la norma de 1998 es obsoleta y «atenta contra la inclusión financiera».
Navarro aseguró que entonces se incluyeron sujetos obligados que «en esa realidad actual eran importantes para la economía o que podían realizar algunos actos de lavado de dinero», como las agencias de viajes, pero que estas ahora «hay pocas».
También dijo que la ley obligaba a las farmacias tener un oficial de cumplimiento.
«Ahora la ley se enfoca exactamente en los sujetos realmente de interés para el Estado», dijo.
Los sujetos obligados en la nueva ley son las instituciones cuyo supervisor natural es la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF), las que se dediquen a actividades de naturaleza financiera o de préstamos; los casinos y empresas de juegos de azar; quienes se dedican a la intermediación inmobiliaria o de bienes raíces; los comerciantes de metales y piedras preciosas.
Estarán obligados los abogados, notarios, contadores y auditores que realicen estas actividades: Compra y venta de bienes inmobiliarios; administración de dinero, valores u otros activos del cliente; administración de las cuentas bancarias, de ahorros o valores; organización de contribuciones para la creación, operación o administración de empresas; la creación, operación o administración de personas jurídicas u otras estructuras jurídicas, y compra y venta de entidades comerciales.
Además, quienes se dedican al transporte de dinero o valores; los proveedores de servicios de activos digitales y de servicios de bitcoin y los partidos políticos.
Obligación de servicios
Por su parte, la diputada suplente de Vamos, Cesia Rivas, hizo hincapié en que la ley obliga a las entidades financieras a brindarle servicios y productos a las personas que incluso tengan antecedentes de lavado de dinero.
El articulado dice que «no constituirá causal de exclusión para el acceso a productos o servicios financieros a una persona natural o jurídica por el hecho de que, durante la aplicación de medidas de debida diligencia, se identifiquen noticias periodísticas, referencias, inclusión en listas internas del sujeto obligado, señalamientos o antecedentes relacionados con lavado de activos, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva o sus delitos generadores, sino que las decisiones de los sujetos obligados deberán basarse en una evaluación individualizada y objetiva del riesgo».
«La ambigüedad simplemente genera discrecionalidad para el aplicador de la ley, no es posible que en la misma ley se esté diciendo que no se puede excluir a alguien que tiene antecedentes por el tema de lavado de activos», reprochó.
El diputado Navarro trató de justificar ese texto en que se refiere a que los bancos no deben tomar como base «notas periodísticas» o «rumorología» para excluir a alguna personas de los servicios financieros, ni tampoco usar «listas negras» que han manejado oficiales de cumplimiento.
La diputada Rivas insistió que la redacción habla de los antecedentes relacionados a lavado de dinero y que la ambigüedad de la misma es la que genera conflictos.
Mientras que la diputada Alexia Rivas, de Nuevas Ideas, argumentó que la anterior ley afectaba a los pequeños comerciantes al no poder acceder al sistema financiero.
También mencionó que las personas que lleguen al país y porten menos de $15,000 no tendrán que declararlos en si ingreso en la aduana. Actualmente se declara si el monto es igual o superior a los $10,000.
La Unidad de Investigación Financiera (UIF) de la FGR es el único centro nacional para la recepción y análisis de reportes de operaciones sospechosas, operaciones tentadas y actividades sospechosas.