The Legislative Assembly’s Health Committee has granted preliminary approval to two reforms in health regulations, arguing they would streamline the authorization process for private services such as pharmacies, clinics, and laboratories. Under these reforms, the process could be completed in five business days, rather than the current 30. The changes also aim to consolidate within the Consejo Superior de Salud Pública (Superior Council of Public Health, CSSP) the functions of evaluation, approval, oversight, and, if necessary, suspension of private establishments.
Elías Daniel Quintero Valle, president of the CSSP, appeared before the committee today to explain the two proposed reforms to the Health Code and the Law of the Superior Council of Public Health.
The reform eliminates the role of medical oversight boards in the evaluation and approval process for private services. According to Quintero Valle, these boards will henceforth oversee only matters related to the professional practice of health care workers. Currently, the boards are responsible for reviewing inspectors’ reports and issuing a formal recommendation to the council, indicating whether a private service meets the technical and legal requirements for operation.
The official stated that the proposal seeks to streamline procedures related to the authorization and operation of private health services, noting “complaints” from providers who view the 30-day timeframe as excessively long for obtaining an operating permit.
The CSSP president argued that reducing the authorization period does not compromise the quality of inspections required for private health services. However, the process, which is currently overseen by four distinct entities, would shift to rely solely on evaluations by inspectors and the CSSP. Moreover, according to the workflow presented to the committee, inspectors would have only one day to conduct the inspection and issue the corresponding report.
Regarding the 30-day period stipulated by current law, he asserted that it is “obsolete” and that the change “does not eliminate the follow-up that must occur after an inspection has been conducted.”
Criticisms
The proposed reforms were submitted to the Legislative Assembly on September 24. Some of the criticisms that have arisen come from health organizations, which expressed that the reform could weaken oversight of private establishments that provide health services.
The Sindicato de Médicos Trabajadores del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (Union of Medical Workers of the Salvadoran Social Security Institute, SIMETRISS) highlighted the importance of the oversight boards in monitoring and observing places where medications and medical services will be sold. It also noted that eliminating the reports these boards submit is a way to grant permits “arbitrarily.”
For its part, the Movimiento por la Salud “Dr. Salvador Allende” (Dr. Salvador Allende Health Movement, ALAMES) acknowledged the need to update the regulations; however, it warned of risks associated with concentrating power in the council.
The criticisms also arose today during the legislative committee session, when ARENA lawmaker Francisco Lira told the CSSP president that these reforms amount to a “concentration of power” within the body.
“There is no concentration of power. The council is chosen by professional elections; therefore, there is no power play. In that vein, the various professionals who make up the council are doing an excellent job. It is technical work,” Valle argued.
Lira also asked Valle whom he consulted regarding the proposed changes to the Health Code and the Law of the Superior Council of Public Health. Valle attributed the changes to a study the CSSP conducted based on requests from private health services submitted to the council.
The private health services currently regulated by law include drug distributors, pharmacies, pharmaceutical and biological laboratories, clinical-biological laboratories, radiology facilities, hospitals, social assistance clinics, optical facilities, dental prosthetics laboratories, and the sale of medications in areas without nearby pharmacies, as established in Article 14 of the Health Code.
Furthermore, these establishments can only open or close following a favorable report from the corresponding oversight board. The Law of the CSSP stipulates that the boards have up to 30 days to issue such a report from the time the opening or closure is requested. If they fail to submit it within that period, the CSSP may proceed without the report.
The executive branch’s proposal also modifies this current wording, eliminating the specific list of services and replacing it with the phrase “private sector health services and establishments.” It also grants the CSSP the authority to oversee compliance with legal requirements and to close them if necessary.
How It Works
The CSSP is composed of 23 members: a president and a secretary appointed by the executive branch, plus 21 representatives from health guilds, including medicine, dentistry, nursing, clinical laboratory science, psychology, pharmaceutical chemistry, and veterinary medicine. Each guild has three representatives on the council and its own oversight board.
The oversight boards are composed of five academics from each of the aforementioned specialties. The professional associations hold internal elections to choose both the board members and their representatives on the council.
The CSSP assured the committee that the boards will work in tandem with the council. Nevertheless, health sector unions have voiced fears regarding the potential changes.
Following the committee’s report, the reforms must secure approval from the full legislative body.
Reforma reduciría a 5 días trámite para autorizar servicios privados de salud
La Comisión de Salud de la Asamblea Legislativa aprobó preliminarmente dos reformas a regulaciones de salud, bajo el argumento de agilizar el proceso de autorización para servicios privados como farmacias, clínicas y laboratorios. Con estas reformas, dicho proceso podría completarse en cinco días hábiles, en lugar de los 30 actuales. Los cambios también pretenden centralizar en el Consejo Superior de Salud Pública (CSSP) las funciones de evaluación, aprobación, supervisión y, en caso de ser necesario, suspensión de los establecimientos privados.
Elías Daniel Quintero Valle, presidente del CSSP, se presentó a la comisión hoy para explicar las dos reformas planteadas al Código de Salud y a la Ley del Consejo Superior de Salud.
La reforma elimina el papel de las juntas de vigilancia médicas en el proceso de evaluación y aprobación de los servicios privados. De acuerdo con Quintero Valle, a partir del cambio, estas supervisarán únicamente lo relacionado con el ejercicio de la carrera de los profesionales de la salud. Actualmente las juntas son las encargadas de revisar los informes de los inspectores y emitir un dictamen de recomendación al consejo, señalando si un servicio privado cumple los requisitos técnicos y legales para su funcionamiento.
Según el funcionario, la propuesta pretende agilizar los procedimientos relacionados con la autorización y funcionamiento de los servicios privados de salud, señalando que existen “quejas” por parte de los proveedores, quienes consideran que 30 días es un tiempo muy largo para recibir el permiso de operación.
El presidente del CSSP argumentó que reducir el periodo del trámite de autorización no influye en la calidad de las inspecciones que se deben realizar a los servicios de salud privados. Sin embargo, el trámite que actualmente es supervisado por 4 órganos diferentes, pasaría a depender únicamente de la evaluación de los inspectores y el CSSP. Además, según el fujo de trabajo presentado a la comisión, los primeros tendrán solo un día para realizar la inspección y emitir el respectivo informe.
Sobre el periodo de 30 días que establece la ley actualmente, aseguró que “está desfasado” y que el cambio “no quita el seguimiento que se debe hacer cuando la inspección se haya realizado”.
Cuestionamientos
Las propuestas de reformas fueron presentadas a la Asamblea Legislativa el 24 de septiembre pasado. Algunas de las críticas que surgieron al respecto provienen de organizaciones de la salud, quienes expresaron que, con la reforma, podría debilitarse la supervisión sobre los establecimientos privados que brindan servicios de salud.
El Sindicato de Médicos Trabajadores del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (SIMETRISS) destacó la importancia de las juntas de vigilancia en la fiscalización y observación de lugares donde se van a vender medicamentos y servicios médicos. Además, señaló que eliminar los informes que estas presentan es una manera de entregar permisos “a conveniencia”.
Por su parte, el Movimiento por la Salud “Dr. Salvador Allende” (ALAMES) reconoció la necesidad de actualizar la normativa; sin embargo, advirtió de riesgos al concentrar el poder en el consejo.
Los cuestionamientos también surgieron hoy durante la comisión legislativa, cuando el diputado Francisco Lira, de Arena, señaló al presidente del CSSP que estas reformas representan una “concentración de poder” en el órgano.
“No hay una concentración de poder. El consejo es de elección gremial; por lo tanto, no hay un posicionamiento de poder. En esa línea se está haciendo un excelente trabajo de los distintos profesionales que conforman el consejo. Es un trabajo técnico”, argumentó Valle.
Lira también preguntó a Valle a quién consultó los cambios que han sugerido para modificar el Código de Salud y a la Ley del Consejo Superior de Salud. Valle lo adjudicó a un estudio que el CSSP realizó a partir de solicitudes de los servicios privados de salud que llegan al consejo.
Los servicios de salud privados que actualmente regula la ley incluyen droguerías, farmacias, laboratorios farmacéuticos y biológicos, laboratorios clínicos-biológicos, gabinetes radiológicos, hospitales, clínicas de asistencia social, gabinetes ópticos, laboratorios de prótesis dental y ventas de medicamentos en lugares sin farmacias cercanas, según lo establece el artículo 14 del Código de Salud.
Además, estos establecimientos sólo pueden abrir o cerrar tras un informe favorable de la junta de vigilancia correspondiente. La Ley del CSSP establece que las juntas disponen de hasta 30 días para emitir dicho informe desde que se solicita la apertura o clausura. En caso de no presentarlo en ese plazo, el CSSP puede resolver sin el informe.
La propuesta del Ejecutivo también modifica esta redacción actual, eliminando la lista específica de servicios y sustituyéndola por la expresión “servicios y establecimientos de salud del sector privado”. Asimismo, otorga al CSSP la facultad de vigilar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la ley y clausurarlos de ser necesario.
Cómo funcionan
El CSSP está integrado por 23 miembros: un presidente y un secretario designados por el Órgano Ejecutivo, además de 21 representantes de los gremios de salud, entre ellos medicina, odontología, enfermería, laboratorio clínico, psicología, química-farmacéutica y medicina veterinaria. Cada gremio tiene tres representantes en el consejo y cuenta con su junta de vigilancia.
Las juntas de vigilancia se conforman con cinco académicos de cada una de las especialidades mencionadas. Tanto para elegir a las juntas como a los representantes en el consejo, los gremios realizan elecciones internas.
El CSSP aseguró durante la comisión que las juntas van a trabajar de la mano con el consejo. No obstante, los sindicatos del sector salud han denunciado su temor ante los posibles cambios.
Tras el dictamen de la comisión, las reformas deberán ser aprobadas por el pleno legislativo.