Since December 2023, domestic workers in El Salvador have awaited the Legislative Assembly’s approval of a proposed “Domestic Work Law,” but to date, the initiative has not even been considered.
At the time, lawmaker Claudia Ortiz introduced the measure during a plenary session, but it garnered no support. Also in 2023, the Alianza por los cuidados de las trabajadoras domésticas de El Salvador (Alliance for the Care of Domestic Workers of El Salvador) and the Federación de Asociaciones y Sindicatos Independientes de El Salvador (Federation of Independent Associations and Unions of El Salvador, FEASIES) appeared before the Assembly to request ratification of International Labour Organization (ILO) Convention 189, which addresses protections for domestic work.
The proposal, still pending review by the Assembly, defines domestic workers as individuals who provide paid assistance and support to a family or person. They habitually and systematically perform tasks such as cleaning, cooking, laundry, ironing, and other duties specific to a private home, residence, or dwelling. They may also assume caregiving responsibilities, provided these are carried out in the home of the person receiving care.
The proposal sets the minimum hiring age for domestic service at 16 and requires that individuals aged 16 to 17 who wish to take a domestic job meet the requirements established by the Ministerio de Trabajo (Ministry of Labor).
“Under no circumstances may individuals aged 16 or 17 be hired for live-in or weekly-leave positions; they may only work under day-rate or hourly contracts,” the proposal states.
The bill would recognize several types of domestic service contracts, including a live-out or daily-leave arrangement, where the domestic worker arrives and departs on the days and schedule agreed upon in the contract.
Similarly, a live-in or weekly-leave arrangement would involve the worker sleeping in the house where they are employed, with established work schedules, rest hours, and days off outside the residence.
For hourly or day-rate work, a written contract would be required for periodic and systematic employment, as such arrangements are currently based on verbal agreements.
If enacted, the measure would require employers to provide live-in workers with a private room, a bed, and space for their belongings in a healthy environment.
Explicitly, the proposed law provides that domestic workers, regardless of contract modality, have the right to a written contract; to work a maximum of eight hours per day; to a minimum of 12 hours of daily rest and a one-hour midday break for meals; to dignified treatment and a healthy workplace free from any form of violence or discrimination.
It also proposes that female domestic workers have the right to paid maternity leave before and after childbirth and to job security; freedom of association and unionization; collective bargaining; social benefits; and the provision of meals.
The proposal also mandates that workers be provided with necessary equipment, personal protective gear, work clothes, special tools, and technical protective measures for their assigned tasks, without any deduction from their salary. It would also grant them leave for medical appointments and to manage affairs related to their rights or those of their children.
It would even prohibit caring for non-domestic pets or animals that pose a risk to the safety and life of domestic workers.
The Assembly has not placed the proposal on the agenda of any working committee.
Trabajadoras del hogar ignoradas por el Estado salvadoreño
Desde diciembre de 2023 las trabajadoras domésticas de El Salador esperan que la Asamblea Legislativa apruebe una propuesta de “Ley del trabajo doméstico”, pero a la fecha la iniciativa sigue sin siquiera estudiarse.
Para entonces, fue Claudia Ortiz quien dio iniciativa dentro del pleno, pero no hubo apoyo. Fue también en 2023 cuando la Alianza por los cuidados de las trabajadoras domésticas de El Salvador y la Federación de Asociaciones y Sindicatos Independientes de El Salvador (FEASIES) asistieron a la Asamblea para solicitar la ratificación del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), referente a las garantías del trabajo doméstico.
La propuesta, aún en espera de estudio de la Asamblea, define que las personas trabajadoras domésticas son las que brindan asistencia, bienestar a una familia o persona, en forma remunerada; se dedican, en forma habitual y sistemática, a labores de limpieza, cocina, lavado, planchado y demás labores propias de un hogar, residencia o habitación particular. También pueden asumir labores del cuidado de personas, cuando se desarrollen en la casa de la persona atendida.
La propuesta delimita que la edad mínima para la contratación en el servicio doméstico de personas menores fuera de 16 años y que las personas entre los 16 a 17 años que deseen acceder a un trabajo doméstico cumplan con los requisitos exigidos por el Ministerio de Trabajo.
“En ningún caso se podrá contratar a personas que tengan 16 o 17 años en la modalidad interna o de retiro semanal, únicamente podrán trabajar en la modalidad de contrato por día y por horas”, se propuso.
Sobre las modalidades de contrato del servicio doméstico se reconocerían la externa o retiro diario, que consistiría en que la persona trabajadora doméstica se presentara y se retirara en los días y horario acordado en el contrato durante una jornada.
Igualmente, la interna o retiro por semana que consistiría en que la persona dormirá en la casa en la cual ha sido contratada, estableciéndose los horarios de trabajo, las horas de descanso y los días de descanso fuera de la vivienda.
En la modalidad por horas o diario se establecería un contrato escrito cuando exista una contratación por jornal de manera periódica y sistemática, pues actualmente suele ser de acuerdo verbal.
Si la medida se aprobara, los empleadores deberían garantizar a las colaboradoras de modalidad interna una habitación privada, cama y espacio para colocar sus pertenencias en un ambiente saludable.
De forma expresa, la propuesta de ley propone que las personas que presten sus servicios como trabajadoras domesticas tengan por derechos, independiente de la modalidad de contratación un contrato escrito; trabajar ocho horas diarias como máximo, gozar de un descanso mínimo de 12 horas diarias y de un descanso mínimo de una hora a media jornada para ingerir sus alimentos; un trato digno y a un lugar de trabajo saludable y libre de cualquier tipo de violencia y discriminación.
Asimismo, propone que la mujer trabajadora doméstica tenga derecho a un descanso remunerado antes y después del parto y a la conservación de su empleo; que exista libertad de asociación y sindicalización, la negociación colectiva; prestaciones sociales; el suministro de alimentación.
También que se le dote del equipo necesario, protección personal, ropa de trabajo, herramientas especiales y medios técnicos de protección para las labores que le sean asignadas, sin detrimento de su salario y que se les otorgue permisos para atender consultas médicas y gestiones para el ejercicio de sus derechos o los de sus hijos.
Incluso prohibía el cuidado de mascotas no domésticas o animales que ponen en riesgo la seguridad y la vida de las personas trabajadoras domésticas.
La Asamblea no ha agendado la propuesta en ninguna comisión de trabajo.