One Aspect of Trump’s El Salvador Gulag Is Particularly Illegal — Un aspecto del gulag de Trump en El Salvador es particularmente ilegal

Apr 9, 2025

As Slate’s Mark Joseph Stern pointed out recently, DOJ attorneys in the case of Abrego Garcia have been arguing in court that the only avenue for the detainees to seek redress is filing habeas corpus petitions, essentially a constitutional challenge against unlawful detention, a position the Supreme Court endorsed in its Monday ruling. This admits that the detainees are in U.S. custody at least through the transfer, yet the DOJ claims that the courts have no jurisdiction to hear these habeas claims once detainees are already at CECOT because they are not any longer in U.S. custody; but whose custody are they in, then? If a private prison company is under contract to detain people on behalf of ICE, are those people somehow not in U.S. custody? — Como señaló recientemente Mark Joseph Stern de Slate, los abogados del DOJ (Departamento de Justicia) en el caso de Abrego García han estado argumentando en el tribunal que la única vía para que los detenidos busquen reparación es presentar peticiones de hábeas corpus, esencialmente una impugnación constitucional contra la detención ilegal, una posición que el Tribunal Supremo respaldó en su fallo del lunes. Esto admite que los detenidos están bajo custodia estadounidense al menos durante el traslado, sin embargo, el DOJ afirma que los tribunales no tienen jurisdicción para escuchar estas reclamaciones de hábeas una vez que los detenidos ya están en el CECOT porque ya no están bajo custodia estadounidense; pero ¿bajo la custodia de quién están, entonces? Si una empresa penitenciaria privada tiene un contrato para detener personas en nombre del ICE (Servicio de Inmigración y Control de Aduanas), ¿esas personas de alguna manera no están bajo custodia estadounidense?

On Monday, Chief Justice John Roberts put on administrative hold a judicial order demanding the U.S. seek the return of a wrongfully deported Maryland resident, as the full Supreme Court considers the question. That immigrant, Kilmar Armando Abrego Garcia, is a father of a U.S. citizen and was in this country legally before he was sent to the notorious Terrorism Confinement Center, or CECOT, prison in El Salvador.

President Donald Trump originally invoked the late-18th-century Alien Enemies Act to remove hundreds of people to CECOT—a hellhole that local despot Nayib Bukele had proactively offered up weeks ago—on the suspicion that they might be part of the gang Tren de Aragua. The evidence presented for practically all known cases is almost null. Asylum-seekers, refugees, and even Abrego Garcia, who had been issued a protection known as withholding of removal specifically prohibiting his being sent to El Salvador, have been swept up in the dragnet.

At every step, the federal government’s conduct has been legally questionable. The government’s flimsy criteria for removal has reportedly come down to social media posts and tattoos. There have been sharp questions over the legality of the AEA invocation in the first place. D.C. District Judge James Boasberg has been exploring contempt against government officials after they ignored his order to turn planes of deportees around and refused to answer basic questions about their conduct. With the Supreme Court issuing an opinion overturning Boasberg’s temporary restraining order on Monday, these AEA renditions seem likely to continue. Lost in the shuffle is one more basic but key open question: Under what authority is the government having these people imprisoned at CECOT in the first place?

I don’t mean that rhetorically, in the way of how we could allow our government to do this, but literally what is the statutory basis for the U.S. to ask this foreign government to warehouse migrants for us? To date, the Trump administration has not in any public forum released the specifics of whatever contract or agreement it actually has with El Salvador; it’s reportedly for $6 million a year—which implies that this is intended as a long-haul detention—but beyond that, we don’t know much. More importantly, the administration has not pointed to anything under the law that would actually underlie this agreement.

Here, we have to draw a line between the removals and the detention. Trump’s AEA invocation is putatively a legal justification for the actual deportations, if an extraordinarily thin one. It’s not the first time that the government has tried to offload migrants elsewhere, with the first Trump administration enacting policies like Remain in Mexico and the so-called safe third country agreements with Guatemala, El Salvador, and Honduras to send asylum-seekers away. Each was a significant stretch of the law, but at least there was a cursory effort to point to some sort of legal basis.

However, nothing in the Alien Enemies Act or, as far as I can tell, anywhere in the U.S. code allows the government to contract with a foreign government to imprison people removed from U.S. soil. The closest parallel I can think of is the infamous post-9/11 extraordinary rendition program, which already rested on incredibly shaky ground and did not involve people removed from the United States itself. These are not extraditions, because these folks are not being sought by El Salvador on any charges there, and certainly have not gone through any extradition process. There appears to be no trial on the horizon for any of them. While Bukele’s forces have these folks in custody, both governments admit that this is at the explicit behest of and under some sort of agreement with the U.S. federal government. What exactly in the law establishes that authority? The plaintiffs certainly don’t think one exists. Lee Gelernt, who is heading up the ACLU’s litigation against the use of AEA, said in an email to Slate that “there’s no authority under the immigration laws to send non-Salvadorans to a notorious prison in El Salvador, nor can the Alien Enemies Act be used against anyone during peacetime.’”

As Slate’s Mark Joseph Stern pointed out recently, DOJ attorneys in the case of Abrego Garcia have been arguing in court that the only avenue for the detainees to seek redress is filing habeas corpus petitions, essentially a constitutional challenge against unlawful detention, a position the Supreme Court endorsed in its Monday ruling. This admits that the detainees are in U.S. custody at least through the transfer, yet the DOJ claims that the courts have no jurisdiction to hear these habeas claims once detainees are already at CECOT because they are not any longer in U.S. custody; but whose custody are they in, then? If a private prison company is under contract to detain people on behalf of ICE, are those people somehow not in U.S. custody?

This is not a trivial question. As Boasberg has noted as he explores the potential of issuing some manner of contempt ruling against government officials, the administration clearly moved to rush the flights out of the country before the courts could intervene. This broader effort at pushing the realities of immigration enforcement outside our own borders is explicitly an effort to cut out domestic overseers like federal courts. Whatever authority the U.S. is using to either hold people in custody in El Salvador or authorize that government to hold them on our behalf is a clear hook for entities like Congress and the courts to force some accountability from the Trump administration.

Prisons writ large are not nice places, but even by those standards, CECOT is hell on earth. To date, we don’t know of anyone who has left alive. Detainees are held by the dozens to a brightly lit cell, let out only for 30 minutes a day, cut off from contact with family members and lawyers. There’s good evidence that torture is widespread even in El Salvador’s standard prisons, let alone Bukele’s flagship, which he has personally made into a symbol of his heavy-handed crackdown. That alone should mean that shipping people there runs afoul of domestic laws and potentially the Eighth Amendment, if indeed the U.S. can be legally considered the jailer.

We might get some development of this question soon as District Judge Paula Xinis, who is hearing Abrego Garcia’s case, on Friday rejected the government’s dodges and ordered it to bring him back to the United States by end of Monday. That’s when Roberts intervened to put things on hold until Tuesday. Now, the administration will have to do one of two things: either comply with the judge’s order or explain why it can’t, in more detail than simply “we don’t have custody.” (I suppose the third option is to tell the judge to kick rocks, as DOJ attorneys increasingly seem at liberty to do, but I’d imagine that the judge is going to compel some answer.)

If it is able to bring him back stateside, that is a de facto admission that it does indeed on some fundamental level retain custody of the people it’s sent to this gulag. If it cannot, then it should have to explain by what mechanism it has agreed to have El Salvador jail these people for us while relinquishing control. Either way, it’s a question that needs an answer.

Slate: https://slate.com/news-and-politics/2025/04/supreme-court-analysis-trump-el-salvador-gulag-illegal.html

Un aspecto del gulag de Trump en El Salvador es particularmente ilegal

El lunes, el presidente del Tribunal Supremo, John Roberts, suspendió administrativamente una orden judicial que exigía a Estados Unidos buscar el retorno de un residente de Maryland deportado indebidamente, mientras el pleno del Tribunal Supremo considera la cuestión. Ese inmigrante, Kilmar Armando Abrego García, es padre de un ciudadano estadounidense y se encontraba legalmente en este país antes de ser enviado al tristemente célebre Centro de Confinamiento del Terrorismo (CECOT), en El Salvador.

El presidente Donald Trump invocó originalmente la Ley de Enemigos Extranjeros (Alien Enemies Act) de finales del siglo XVIII para trasladar a cientos de personas al CECOT —un infierno que el déspota local Nayib Bukele había ofrecido proactivamente hace semanas— bajo la sospecha de que podrían formar parte de la banda Tren de Aragua. Las pruebas presentadas para prácticamente todos los casos conocidos son casi nulas. Solicitantes de asilo, refugiados e incluso Abrego García, a quien se le había concedido una protección conocida como suspensión de la expulsión que prohibía específicamente su envío a El Salvador, han sido arrastrados en la redada.

En cada paso, la conducta del gobierno federal ha sido legalmente cuestionable. Según se informa, los endebles criterios del gobierno para la expulsión se han reducido a publicaciones en redes sociales y tatuajes. Ha habido serios cuestionamientos sobre la legalidad de la invocación de la AEA en primer lugar. El juez de distrito de D.C., James Boasberg, ha estado explorando declarar en desacato a funcionarios gubernamentales después de que ignoraran su orden de hacer regresar los aviones de deportados y se negaran a responder preguntas básicas sobre su conducta. Con la opinión emitida el lunes por el Tribunal Supremo que anula la orden de restricción temporal de Boasberg, estas entregas bajo la AEA parecen destinadas a continuar. Perdida en la confusión queda una pregunta más básica pero clave: ¿Bajo qué autoridad el gobierno está encarcelando a estas personas en el CECOT en primer lugar?

No lo digo retóricamente, en el sentido de cómo pudimos permitir que nuestro gobierno hiciera esto, sino literalmente ¿cuál es la base legal para que Estados Unidos pida a este gobierno extranjero que almacene migrantes para nosotros? Hasta la fecha, la administración Trump no ha publicado en ningún foro público los detalles de cualquier contrato o acuerdo que realmente tenga con El Salvador; según se informa, es por 6 millones de dólares al año —lo que implica que se pretende una detención a largo plazo— pero más allá de eso, no sabemos mucho. Más importante aún, la administración no ha señalado nada en la ley que realmente sustente este acuerdo.

Aquí, tenemos que trazar una línea entre las expulsiones y la detención. La invocación de la AEA por parte de Trump es supuestamente una justificación legal para las deportaciones reales, aunque extraordinariamente endeble. No es la primera vez que el gobierno intenta descargar migrantes en otros lugares; la primera administración Trump promulgó políticas como Permanecer en México y los llamados acuerdos de tercer país seguro con Guatemala, El Salvador y Honduras para enviar lejos a los solicitantes de asilo. Cada uno fue una extralimitación significativa de la ley, pero al menos hubo un esfuerzo superficial por señalar algún tipo de base legal.

Sin embargo, nada en la Ley de Enemigos Extranjeros o, hasta donde puedo ver, en ninguna parte del código de Estados Unidos permite al gobierno contratar a un gobierno extranjero para encarcelar a personas expulsadas de suelo estadounidense. El paralelo más cercano que se me ocurre es el infame programa de entregas extraordinarias posterior al 11-S, que ya descansaba sobre bases increíblemente endebles y no involucraba a personas expulsadas de los propios Estados Unidos. No se trata de extradiciones, porque estas personas no están siendo buscadas por El Salvador por ningún cargo allí, y ciertamente no han pasado por ningún proceso de extradición. Parece no haber ningún juicio en el horizonte para ninguno de ellos. Si bien las fuerzas de Bukele tienen a estas personas bajo custodia, ambos gobiernos admiten que esto es a instancias explícitas y bajo algún tipo de acuerdo con el gobierno federal de EE. UU. ¿Qué establece exactamente esa autoridad en la ley? Los demandantes ciertamente no creen que exista. Lee Gelernt, quien dirige el litigio de la ACLU (Unión Estadounidense por las Libertades Civiles) contra el uso de la AEA, dijo en un correo electrónico a Slate que “no hay autoridad bajo las leyes de inmigración para enviar a no salvadoreños a una prisión notoria en El Salvador, ni puede usarse la Ley de Enemigos Extranjeros contra nadie en tiempos de paz”.

Como señaló recientemente Mark Joseph Stern de Slate, los abogados del DOJ (Departamento de Justicia) en el caso de Abrego García han estado argumentando en el tribunal que la única vía para que los detenidos busquen reparación es presentar peticiones de hábeas corpus, esencialmente una impugnación constitucional contra la detención ilegal, una posición que el Tribunal Supremo respaldó en su fallo del lunes. Esto admite que los detenidos están bajo custodia estadounidense al menos durante el traslado, sin embargo, el DOJ afirma que los tribunales no tienen jurisdicción para escuchar estas reclamaciones de hábeas una vez que los detenidos ya están en el CECOT porque ya no están bajo custodia estadounidense; pero ¿bajo la custodia de quién están, entonces? Si una empresa penitenciaria privada tiene un contrato para detener personas en nombre del ICE (Servicio de Inmigración y Control de Aduanas), ¿esas personas de alguna manera no están bajo custodia estadounidense?

Esta no es una cuestión trivial. Como ha señalado Boasberg mientras explora la posibilidad de emitir algún tipo de fallo por desacato contra funcionarios gubernamentales, la administración claramente se apresuró a sacar los vuelos del país antes de que los tribunales pudieran intervenir. Este esfuerzo más amplio por empujar las realidades de la aplicación de la ley de inmigración fuera de nuestras propias fronteras es explícitamente un intento de eliminar a los supervisores nacionales como los tribunales federales. Cualquier autoridad que EE. UU. esté utilizando para mantener a personas bajo custodia en El Salvador o autorizar a ese gobierno a retenerlas en nuestro nombre es un claro gancho para que entidades como el Congreso y los tribunales exijan alguna rendición de cuentas a la administración Trump.

Las prisiones en general no son lugares agradables, pero incluso para esos estándares, el CECOT es un infierno en la tierra. Hasta la fecha, no sabemos de nadie que haya salido con vida. Los detenidos son recluidos por docenas en celdas intensamente iluminadas, se les permite salir solo 30 minutos al día y se les corta el contacto con familiares y abogados. Hay pruebas sólidas de que la tortura está generalizada incluso en las prisiones estándar de El Salvador, por no hablar del buque insignia de Bukele, que él personalmente ha convertido en un símbolo de su represión de mano dura. Eso por sí solo debería significar que enviar gente allí contraviene las leyes nacionales y potencialmente la Octava Enmienda, si es que EE. UU. puede ser considerado legalmente el carcelero.

Podríamos obtener algún desarrollo sobre esta cuestión pronto, ya que la jueza de distrito Paula Xinis, que lleva el caso de Abrego García, rechazó el viernes las evasivas del gobierno y le ordenó traerlo de regreso a Estados Unidos para el final del lunes. Fue entonces cuando Roberts intervino para suspender las cosas hasta el martes. Ahora, la administración tendrá que hacer una de dos cosas: cumplir la orden de la jueza o explicar por qué no puede, con más detalle que simplemente “no tenemos la custodia”. (Supongo que la tercera opción es decirle a la jueza que se vaya al diablo, como los abogados del DOJ parecen tener cada vez más libertad para hacer, pero imagino que la jueza obligará a obtener alguna respuesta).

Si puede traerlo de vuelta a territorio estadounidense, eso es una admisión de facto de que efectivamente, en algún nivel fundamental, retiene la custodia de las personas que ha enviado a este gulag. Si no puede, entonces debería tener que explicar mediante qué mecanismo ha acordado que El Salvador encarcele a estas personas por nosotros mientras renuncia al control. De cualquier manera, es una pregunta que necesita una respuesta.

Slate: https://slate.com/news-and-politics/2025/04/supreme-court-analysis-trump-el-salvador-gulag-illegal.html