The Minister of Justice and Security, Gustavo Villatoro, stated in the Frente a Frente interview on January 4th that after the signing of the Peace Accords, there was a “perverse preparation designed for El Salvador, in order to create a space for us to always be subjected to organized crime.” These words are part of the attack discourse on the accords by President Nayib Bukele, who refers to them as the “corrupt pact.”
The official did not specify who or what entities he was referring to, but he mentioned three legal frameworks that, in his opinion, were intended to “prepare the ground” for gangs. Voz Pública spoke with security experts and a legislator from that time and concluded that what Villatoro expressed is false information. This category includes intentionally created statements with the aim of deceiving or distorting reality.
Police Law
Gustavo Villatoro: “In 1994, shortly after the formation of the National Civil Police, they repealed the Police Law, which was a tool dating back to 1904 and through which the police maintained order in communities or on the streets. But, imagine how interesting it is, what did they do by repealing that law? They removed territorial authority. Who were they preparing the ground for?”
As part of the negotiations for the signing of the Peace Accords, mediated by the United Nations (UN), the creation of a National Civil Police, separate from the repression exercised and denounced during the conflict by security forces such as the National Guard, the National Police, and the Treasury Police, under the Ministry of National Defense, was established.
In that sense, a change in the legal framework was necessary, as it dated back to 1900. Zaira Navas, a lawyer specializing in security issues, states that the law now praised by the minister and lamented for its repeal was already outdated by the 1990s.
“These security forces were known in the last century for being perpetrators of torture. The mandate, for example, of the Treasury Police was precisely to protect state assets, but their fundamental roles were political persecution. These groups were used to persecute detractors, political opponents, for repression, and actively participated in the war that El Salvador experienced from the late 70s, throughout the 80s, and early 90s,” expressed Navas.
Criminal lawyer Oswaldo Feusier agrees that it was an outdated law and its repeal was due to its arbitrary use. “It imposed a model of responsibility based on punishment for a way of life or such abstract models of behavior that they could basically be imposed on anyone the authority wished, which certainly served for the consolidation of authoritarian militarism of the last century,” he explained.
According to lawyer and academic Edgardo Amaya Cóbar, in the essay “Fifteen Years of Police Reform in El Salvador: Advances and Challenges” from 2007, the civilian and democratic orientation of the police faced complications. “The implementation of the police reform process faced stumbling blocks from the beginning, mainly due to the resistance of sectors accustomed to having control and management of public security.”
“Various societies under authoritarian or dictatorial regimes, like many countries in Latin America, some of them preceded by internal armed conflicts, as in the case of El Salvador, underwent processes of change or political transitions that generated institutional changes to dismantle the structures of the previous state and that, almost as a general rule, sought the establishment of a democratic regime,” the document adds.
Minor Offender Law
Gustavo Villatoro: “(…) it is commonly seen in any movie, any series, when you turn your gaze to the south or the north, that these criminal organizations need impunity. So, for that, they prepared the Minor Offender Law.”
Villatoro stated in the interview that this legal framework for minors was also part of the alleged legal facilitation for criminal groups.
“It is false that the purpose of the model was to facilitate certain types of crime, which, by the way, have been facilitated by the absence of primary violence prevention mechanisms, and not so much by these laws,” clarified Feusier.
The Minor Offender Law of 1997, now the Juvenile Criminal Law, explicitly states in one of its considerations that the previous Juvenile Code “does not comply with the principles recognized in the Constitution and international legislation regarding minors who have violated criminal law; therefore, it is essential to decree a special law that regulates the matter and incorporates these principles, adapting them to our social reality,” and thus, a new law was necessary.
International legislation refers to the Declaration and International Convention on Human Rights, the Convention on the Rights of the Child, and the International Covenant on Civil and Political Rights, among others.
For Navas, the objective of this law was “to ensure that the State guarantees a thorough investigation by the Prosecutor’s Office and the Police; that the Prosecutor’s Office had control of the investigation, that judges were independent and impartial so that the true perpetrators of the crimes could be investigated and prosecuted.”
In fact, the Constitution requires the State to guarantee a special regime for minors. “It is not something made up out of thin air, as the minister tries to make it seem,” she added.
The Minor Offender Law had differences in terms of treatment and philosophy of penalties compared to those for adults. Feusier explains that “this is because, due to being in a process of identity construction, it is easier for adolescents to internalize values that an extensive resocialization process takes longer to implement in an adult.”
He clarifies that it was not about legalizing impunity since it established penalties in accordance with international treaties for minors, constitutional guarantees, and aimed to punish the intellectual authors of crimes, which often originated from adults.
Penal Code
Gustavo Villatoro, referring to the reforms to the Penal Code of 1998: “They come and invent the change of the famous 1974 Code, the Penal and Procedural Penal Code that we had, which in some way did not divide the responsibility of justice, and they impose the 1998 Code, which, beyond providing modern tools for a rule of law to have the capacity to defeat the main victimizer of society, who is also an enemy of the State, had no tools for that.”
The consulted lawyers agree that the reforms to the Penal Code did not diminish legal power, and their main motivation was that the existing code, dating back to 1974, was “eminently inquisitive” and presumed guilt but not innocence.
“It must be clarified that this legislation was reformed the year after it came into effect; in fact, the Penal Code, which was repealed a few years ago, had already undergone numerous reforms because there were always sectors that were against a code that obliged state institutions to conduct thorough investigations,” explained Navas.
Regarding this point, Feusier insisted on the importance of the Penal Code establishing guarantees for the State to seek the security of citizens without violating their rights. “If the State doesn’t care about violating the human rights of the innocent to achieve its goals, how is it different from the gangs?” he added.
The lawyer also criticized the position of the current Minister of Security and the fact that he is now making these accusations. The change in legislation occurred during the time when Villatoro was part of the Attorney General’s Office, where he served as the head of the Unit against Organized Crime between 1998 and 2004.
“The legislation did allow for the prosecution and investigation of those involved in criminal acts. In fact, the Attorney General’s Office itself presented the dismantling of criminal groups that promoted kidnapping as an achievement of that time,” said Navas.
“I think he will have a lot to explain about the effectiveness or lack thereof of the Unit against Organized Crime and the results it yielded when he was a prosecutor,” she added.
At the beginning of the century, kidnapping became one of the main public security problems. In 2001, the National Civil Police registered 114 cases, almost one every three days. Gustavo Villatoro was one of those who successfully fought against this crime until it practically disappeared. With the laws that he now criticizes, 20 years later.
Jorge Villacorta was a deputy in the Legislative Assembly for the parties Convergencia Democrática and Cambio Democrático between 1994 and 2006. He recalls that the approved legislation sought to provide democratic and coexistence guarantees in contrast to the previous repressive stage in which human rights were violated.
For the former official, the minister distorts the information in line with this administration’s goal of ending the rule of law. “The idea is to dismantle the democratic advances that were achieved because they hinder a dictatorship,” he asserted, referring to an independent Attorney General’s Office and judicial system, access to information laws, transparency laws, among others.
Sources:
- Gustavo Villatoro, Minister of Justice and Security
- Zaira Navas, lawyer specializing in security issues
- Oswaldo Feusier, criminal lawyer
- Jorge Villacorta, former deputy of Convergencia Democrática and Cambio Democrático
Voz Pública: https://vozpublica.net/2024/01/09/pandillas-seguridad-acuerdosdepaz-elsalvador-nayibbukele/
Falso: Gustavo Villatoro dijo que leyes de posguerra buscaban “preparar el terreno” a las pandillas
El ministro de Justicia y Seguridad, Gustavo Villatoro, aseguró en la entrevista Frente a Frente del 4 de enero que después de la firma de los Acuerdos de Paz hubo una “preparación perversa que diseñaron sobre El Salvador, para poder generar un espacio para que estuviéramos siempre sometidos al crimen organizado”. Estas palabras se enmarcan en el discurso de ataque a los acuerdos por el presidente Nayib Bukele, quien los califica como “pacto de corruptos”.
El funcionario no especificó a quiénes o a qué instancias se refería, pero mencionó tres marcos legales que, a su juicio, fueron pensados para “preparar el terreno” a las pandillas. Voz Pública conversó con especialistas en materia de seguridad y un legislador de esa época, y concluyó que lo expresado por Villatoro es información falsa. En esta categoría se incluyen las afirmaciones creadas de manera intencional con el fin de engañar o tergiversar la realidad.
Ley de Policía
Gustavo Villatoro: “En 1994, recién formada la Policía Nacional Civil, derogaron la Ley de la Policía, que era una herramienta que databa desde 1904 y que era por medio de la cual la Policía ponía orden en las comunidades o en la calle. Pero, imagínate lo interesante, ¿qué es lo que hacen al derogar esa ley? Quitan la autoridad del territorio. ¿A quién le estaban preparando el terreno?”.
Como parte de las negociaciones para la firma de los Acuerdos de Paz, con la mediación de la Organización de las Naciones Unidas (ONU), estaba la creación de una Policía Nacional Civil, alejada de la represión ejercida y denunciada durante el conflicto por parte de fuerzas de seguridad como la Guardia Nacional, la Policía Nacional y la Policía de Hacienda, adscritas al Ministerio de la Defensa Nacional.
En ese sentido, era necesario un cambio al marco legal, cuya vigencia era de 1900. Zaira Navas, abogada especialista en temas de seguridad, asegura que la ley que ahora alaba el ministro y cuya derogación lamenta, ya estaba en desuso para la década de los 90.
“Estos cuerpos de seguridad fueron conocidos en el siglo pasado por ser ejecutores de torturas. El mandato, por ejemplo, de la Policía de Hacienda era precisamente cuidar los bienes estatales, pero sus roles fundamentales fueron la persecución política. Estos grupos fueron utilizados para perseguir a detractores, a opositores políticos, para la represión y participaron activamente en la guerra que se vivió en El Salvador desde finales de los 70, todos los 80 y principios de los 90”, expresó Navas.
El abogado penalista Oswaldo Feusier coincide en que se trataba de una ley obsoleta y su derogatoria respondía a que era utilizada con arbitrariedad. “Imponía un modelo de responsabilidad basado en el castigo por la forma de vida, o por modelos de actuación tan abstractos, que básicamente se podían imponer en quien desease la autoridad, lo que ciertamente sirvió para la consolidación del militarismo autoritario del siglo pasado”, explicó.
Según el abogado y académico, Edgardo Amaya Cóbar, en el ensayo Quince años de reforma policial en El Salvador: avances y desafíos de 2007, la orientación civil y democrática de la Policía tuvo complicaciones. “La implementación del proceso de reforma policial sufrió tropiezos desde el inicio, originados básicamente por las resistencias de sectores acostumbrados a tener el control y manejo de la seguridad pública”.
“Diversas sociedades bajo regímenes autoritarios o dictatoriales, como muchos países de América Latina, —algunas de ellas precedidas de conflictos armados internos, como en el caso salvadoreño—, realizaron procesos de cambio o transiciones políticas que generaron cambios institucionales para desmontar las estructuras del estado previo y que —casi por regla general— buscarían la implantación de un régimen democrático”, se agrega en el documento.
Ley del Menor Infractor
Gustavo Villatoro: “(…) es lo que comúnmente se ve en cualquier película, en cualquier serie, en voltear la mirada hacia el sur o hacia el norte, que estas organizaciones criminales necesitan recurso humano impune. Entonces, para ello les prepararon la Ley del Menor Infractor”.
Villatoro aseguró en la entrevista que este marco legal para menores de edad también fue parte de las supuestas facilidades legales para los grupos delincuenciales.
“Es falso que lo que buscaba el modelo era facilitar cierto tipo de delincuencia que, por cierto, ha sido facilitada por ausencia de mecanismos de prevención primaria de la violencia, y no tanto por este tipo de leyes”, aclaró Feusier.
La Ley del Menor Infractor de 1997, ahora Ley Penal Juvenil, textualmente apunta en uno de sus considerandos que el anterior Código de Menores “no responde a los principios reconocidos en la Constitución y en la legislación internacional, respecto del menor que ha infringido la Ley Penal; siendo por ello indispensable decretar una ley especial que regule la materia e incorpore los referidos principios, adecuándolos a nuestra realidad social” y, por ello, era necesario una nueva ley.
La legislación internacional se refiere a la Declaración y Convención Internacional sobre Derechos Humanos, la Convención sobre Derechos del Niño y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, entre otros.
Para Navas, el objetivo de esta ley era “que se garantizara por parte del Estado una investigación exhaustiva por parte de Fiscalía y Policía; que fuese la Fiscalía la que tuviese el control de la investigación, que los jueces fuesen independientes e imparciales para que se investigara y se juzgara los verdaderos responsables de cometer delito”.
De hecho, la Constitución exige que el Estado garantice un régimen especial para los menores de edad. “No es sacado de la manga de la camisa como el ministro trata de hacer ver”, agregó.
La Ley del Menor Infractor tenía diferencias en cuanto al tratamiento y filosofía de las penas, respecto a las de los adultos. Feusier explica que “se debe a que, por encontrarse en un proceso de construcción de identidad, es más fácil que el adolescente introyecte los valores que un proceso de resocialización extenso tarda más en implementar en un adulto”.
Aclara que no se trataba de legalizar la impunidad, pues establecía penas acordes a los tratados internacionales de menores, a las garantías constitucionales y buscaba castigar a los autores intelectuales de los delitos, que muchas veces se originaban en personas mayores de edad.
Código Penal
Gustavo Villatoro, en referencia a las reformas al Código Penal de 1998: “Vienen y se inventan el cambio del famoso Código de 1974, Código Penal y Procesal Penal que teníamos, que de alguna manera no dividía la responsabilidad de la justicia, y nos imponen el Código del 98, que más allá de dar herramientas modernas para que un Estado de derecho tuviera la capacidad de derrotar al principal victimario de la sociedad, que también es enemigo del Estado, no tenía ninguna herramienta para eso”.
Los abogados consultados coinciden en que las reformas al Código Penal no restaban poder legal y que su principal motivación se debió a que el vigente, que databa de 1974, era “eminentemente inquisitivo” y presumía la culpa, pero no la inocencia.
“Hay que aclarar que esta legislación fue reformada al año siguiente de entrar en vigor; de hecho, el Código Penal, que fue derogado hace pocos años, había ya sufrido un sinnúmero de reformas, precisamente porque siempre hubo sectores que estuvieron en contra de un código que obligara a las instituciones estatales a hacer investigaciones exhaustivas”, explicó Navas.
Sobre este punto, Feusier insistió en la importancia de que el Código Penal establezca garantías para que el Estado busque la seguridad de la ciudadanía sin violentar sus derechos. “Si al Estado no le importa violar los derechos humanos de los inocentes para lograr sus cometidos, ¿en qué se diferencia de los pandilleros?”, agregó.
La abogada también criticó la postura del actual ministro de Seguridad y el hecho de que sea ahora cuando realiza estos señalamientos. El cambio en la legislación surgió en la época en la que Villatoro formaba parte de la Fiscalía General de la República, adonde fungió como jefe de la Unidad contra el Crimen Organizado entre 1998 y 2004.
“La legislación sí permitió procesar, investigar a quienes participaron de hechos delictivos. De hecho, la misma Fiscalía presentó como un logro de la época el desmontaje de las agrupaciones delincuenciales que promovieron el secuestro”, dijo Navas.
“Creo que él tendrá mucho que explicar sobre la efectividad o no de la Unidad contra el Crimen Organizado y sobre los resultados que dio cuando él era fiscal”, agregó.
A inicios de siglo, el secuestro llegó a convertirse en uno de los principales problemas de seguridad pública. En 2001, la PNC llegó a registrar 114 casos, casi uno cada tres días. Gustavo Villatoro fue uno de los que combatieron con éxito ese delito hasta prácticamente hacerlo desaparecer. Con las leyes que hoy, 20 años después, critica.
Jorge Villacorta fue diputado de la Asamblea Legislativa por los partidos Convergencia Democrática y Cambio Democrático entre 1994 y 2006. Recuerda que la legislación aprobada buscaba dar garantías democráticas y de convivencia en contraste con la etapa represiva anterior en la que se violaban los derechos humanos.
Para el exfuncionario, el ministro tergiversa la información en la línea de esta gestión de querer terminar con el Estado de derecho. “La idea es desmantelar los avances democráticos que se consiguieron porque les estorban para una dictadura”, aseveró en referencia a una Fiscalía y un sistema judicial independientes, leyes de acceso a la información y de transparencia, entre otras.
Fuentes:
- Gustavo Villatoro, ministro de Justicia y Seguridad
- Zaira Navas, abogada especialista en temas de Seguridad
- Oswaldo Feusier, abogado penalista
- Jorge Villacorta, exdiputado de Convergencia Democrática y Cambio Democrático
Voz Pública: https://vozpublica.net/2024/01/09/pandillas-seguridad-acuerdosdepaz-elsalvador-nayibbukele/